lunes, 21 de octubre de 2013

Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio 2014. Dictamen aprobado.

        
on 21 Octubre 2013. Publicado en Reforma fiscal 2014
   
congresounionEl 18 de octubre de 2013, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó el Dictamen de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio 2014, en el que se estima obtener alrededor de 4,470,249.8 millones de pesos de ingresos totales, siendo 1,773,187 millones de pesos por impuestos, esto es aproximadamente 82.5 millones de pesos menos que lo estimado por el ejecutivo federal, ello debido a las diversas modificaciones que tuvo la iniciativa presentada por el ejecutivo federal en el ISR, IVA, e IEPS, por citar algunos de ellos. Asimismo se prevé un techo de endeudamiento de 580,787 millones de pesos, esto es 19,185 millones de pesos más que lo estimado en la iniciativa, y una recaudación federal participable de 2,292,615 millones de pesos.
 
Se realiza un ajuste al alza del precio estimado del petróleo crudo de exportación de 81.00 a 85.00 dólares por barril. Asimismo se estima que el promedio anual estimado del tipo de cambio del peso respecto al dólar será de 12.9 pesos por dólar, y no 12.6 pesos por dólar presentado en la iniciativa.
 
Se autoriza para el D.F. la contratación y ejercicio de créditos y empréstitos y otras formas de crédito público para un endeudamiento neto de 4.5 millones de pesos para el financiamiento de obras contempladas en el Presupuesto de Egresos del D.F. para el ejercicio 2014.
 
Se establece además que la tasa de recargos aplicable a los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales continuará en 0.75% mensual sobre saldos insolutos y de 1% a 1.5% mensual en caso de pago a plazos.
 
Se prevé que en caso de que una persona hubiera incurrido en infracción a las disposiciones aduaneras en términos del artículo 152 de la Ley Aduanera con anterioridad a 2014 y a la fecha de la entrada en vigor de la Ley de Ingresos, dicha sanción aun no se le hubiere impuesto, la misma no se le determinará en caso de que el crédito fiscal no exceda de 3,500 Udi´s o su equivalente en moneda nacional al 1 de enero de 2014.
 
Asimismo se sigue estableciendo medidas tendientes a incentivar la autocorrección fiscal de los contribuyentes, mediante una disposición que permite la disminución de las multas, en función del momento en que el contribuyente efectúe la citada autocorrección. La reducción será equivalente al 50% de la citada multa, si ésta se paga después de que las autoridades fiscales inicien el ejercicio de sus facultades de comprobación y hasta antes de que se levante el acta final de la visita domiciliaria o se notifique el oficio de observaciones, tratándose de revisión de gabinete, y siempre y cuando además se paguen las contribuciones omitidas y sus accesorios, en su caso. En caso de que el contribuyente corrija su situación fiscal y pague las contribuciones omitidas junto con sus accesorios, en su caso, con posterioridad al levantamiento del acta final o de la notificación del oficio de observaciones, pero antes de que se notifique la resolución que determina el monto de las contribuciones omitidas, la multa citada se reducirá en un 60%.
 
Continúan estableciéndose los estímulos fiscales relativos al acreditamiento del IEPS que se traslada por la adquisición de diesel utilizado en maquinaria de combustión interna o en vehículos que se destinen exclusivamente al trasporte público y privado, de personas o de carga, contra el ISR a cargo del mismo ejercicio. Así también continúa el estímulo fiscal para los contribuyentes que se dedican exclusivamente al transporte público y privado, de carga o de pasaje, que utilizan la Red Nacional de Autopistas de Cuota, permitiéndoles el acreditamiento de hasta un 50% de los gastos efectuados por el pago de los servicios por el uso de dichas autopistas.
 
Se prevé un nuevo estímulo fiscal para los contribuyentes que utilizan combustibles fósiles en sus procesos productivos para la elaboración de otros bienes y que en su proceso productivo no se destinen a la combustión, permitiéndoles el acreditamiento contra el ISR por un monto equivalente a la carga fiscal que le fue trasladada al adquirente en la adquisición de los combustibles fósiles. Así también se contempla un nuevo estímulo fiscal para los contribuyentes mineros cuyos ingresos obtenidos por la venta de minerales sean menores a $50,000,000 permitiéndoles el acreditamiento del derecho especial sobre minería que hayan pagado en términos del artículo 268 de la Ley Federal de Derechos, contra el ISR.
 
Se exime del pago del Impuesto sobre Automóviles Nuevos que se cause por la enajenación o importación de vehículos eléctricos o híbridos, así como del derecho de trámite aduanero que se cause por la importación de gas natural.
Se prevé además que la tasa de retención anual del ISR para el ejercicio 2014 por los intereses pagados en términos del artículo 54 y 135 de la nueva LISR sea del .60%.
 
En disposiciones transitorias se prevé que para el ejercicio 2015, el precio de las gasolinas Magna y Permium y el diesel se ajustarán mensualmente de acuerdo con la inflación esperada.
 
Se prevé crear el Fondo de Compensación del Régimen de Pequeños Contribuyentes y del Régimen Intermedio, que se destinará a aquellas entidades federativas que colaboren en su territorio en la administración del Régimen de Incorporación Fiscal, mediante convenio con el Gobierno Federal. Se contempla que el Fondo se integrará considerando la recaudación efectuada en el ejercicio 2013 a los regímenes de Pequeños Contribuyentes e Intermedios que las entidades federativas hayan obtenido y reportado en la Cuenta Mensual Comprobatoria de Ingresos Coordinados.
 
En las mismas disposiciones transitorias se autoriza modificar la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio 2013 en la que se autoriza el Ejecutivo Federal contratar y ejercer créditos, empréstitos y otros por un monto de endeudamiento interno hasta por 485 mil millones de pesos.
Articulo publicada en  Revista PAF en línea.
 
Si usted desea consultar el dictamen aprobado lo puede hacer a través de la siguiente liga:http://goo.gl/NTir1j

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