domingo, 11 de diciembre de 2011

Brindis de Anafinetdf y #cptwitter 10-Dic-2011


El día de ayer me  sentí  muy  contenta de poder saludar nuevamente a grandes amigos, de conocer a otros  colegas  y sobre todo a  nuevos y futuros contadores que ven un  ejemplo a  seguir en todos y cada uno de nosotros,  sobre todo en  nuestro gran líder C. Sandoval que fue nombrado y mencionado por casi todos los asistentes  a la  hora que en un  gran circulo formado fuimos  dando un mensaje de paz y prosperidad para todos, porque de alguna forma hemos sido apoyados por este gran hombre.

También debo comentarles que  encontré a una gran amiga y profesionista "Lorena"  excelente en Seguridad Social e  Infonavit  y  a su pequeña  hija, linda  y  hermosa como ella  (bueno hay que darle un pequeño merito al papá), la cual conocí  soltera  y  hoy  que la vuelvo a encontrar felizmente casada y mira  con  quien???? 

Quiero agradecer a todos los que con su granito de arena hicieron posible este  gran evento, desde los nuevos contadores  que se arrinconaron  para  cerrar filas   hasta  un   joven  de  bachillerato (hijo de una colega)  que nos hizo  sentir grandes con sus comentarios porque nos pone como  un ejemplo a seguir, así que compañeros  no le fallen.

Por este medio quiero aprovechar para  ampliar mi  comentarios que realice en este  brindis,  a  todos mis amigos twitteros  a  mis  amigos  de Anafinet a nivel Nacional,   porque  no  somos todo logos  y estar en una  agrupación  nos fortalece  para  enfrentar cualquier situación profesional por difícil que este sea,  porque no  estamos  solos,  porque contamos  con una gran gama de  amigos  con diferentes especialidades,  ejemplo de esto  @cielo_am  abogada y  catedrática fiscalista    con amplia experiencia  y  que puede apoyarnos cuando lo necesitemos.

Por último y para no aburrirlos ....  Que  la navidad y el año nuevo que se avecina este llena de sorpresas agradables y muchas bendiciones para todos y cada uno de ustedes.

Fotos del evento.








domingo, 27 de noviembre de 2011

Calendario y verificación de datos asi como Inscripción al RFC de cuentahabientes de los Bancos.

Anteproyecto a RMF 2011 no publicada
Si manejas un flujo de efectivo  en tus cuentas bancarias y  no te has registrado en el SAT  ten cuidado, te recomiendo te registres y te pongas al corriente en tú situación fiscal ya que se viene una verificación  de datos a Instituciones Bancarias calendarizada.

Qué implica todo esto,  te van a determinar  presunción de ingresos no declarados  que tienes que comprobarles  con  documentación y posibles enlaces con terceros involucrados,  impuestos no declarados, multas, recargos etc.

Cuando exista discrepancia entre la clave del RFC proporcionada por las instituciones del sistema financiero y la registrada ante el SAT, se le informará al cuentahabiente para que corriga esta situación  ante las instituciones bancarias con la comprobación correspondiente.

La verificación de las claves del RFC se realizará conforme a los datos y procedimientos descritos en las especificaciones técnicas y el calendario para su verificación, publicados en la página de Internet del SAT.
CFF 32-B, LISR 59, RMF 2011 II.2.10.1

En caso de que los cuentahabientes no tengan clave del RFC, el SAT podrá llevar a cabo su inscripción en el citado registro.

La inscripción al RFC que se realice en los términos del párrafo anterior, se efectuará sin la asignación de obligaciones periódicas o de un régimen específico para los contribuyentes, mismos que en cualquier momento podrán acudir a la ALSC a actualizar su situación  fiscal. 
CFF 27, 30-A, RCFF 25, RMF 2011 II.2.10.4

Conoce el NIF importante para deduccir comprobantes emitidios por extranjeros.

El NIF (Número de Identificación Fiscal) tiene diferetes nombres dependiendo del  país que lo emita, en algunos  se llama Carné de identidad, oficialmente y según la legislación Cédula de identidad (C.I.) o Documento Nacional de Identidad (D.N.I.), pero en todos es un documento  emitido por una autoridad administrativa competente para permitir la identificación personal de los  ciudadanos.
Anteproyecto 1er. Resolucion DE M. a la R.M.F. 2011,  no publicada en D.O. al 27 de Nov.2011
Cada país tiene diferente normatividad pero en geneal la posesión de un documento de identidad es obligatoria en la mayoría de los países iberoamericanos, mientras que es rara en los que poseen un sistema jurídico basado en el derecho anglosajón, mi pregunta al SAT ¿Cuáles son los parametros que tengo que verificar para saber cual es el NIF en cada país? o acaso  ¿No voy  a poder deducir un comprobante que no tenga el famoso NIF?
ARTICULO 29 Y 29A DEL C.F.F.
Los contribuyentes que pretendan deducir o acreditar fiscalmente con base en comprobantes emitidos por residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México, podrán utilizar dichos comprobantes, siempre que contengan, al menos, los siguientes requisitos:

I.- Nombre, denominación o razón social, domicilio y número de identificación fiscal (NIF)de quien lo expide.
II.- Lugar y fecha de expedición.
III.- Nombre, denominación o razón social y clave del RFC de la persona a favor de quien se expide.
IV Cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que amparen.
V.- Valor unitario consignado en número e importe total consignado en número o letra.

Los comprobantes mencionados podrán formularse en idioma distinto al español, siempre que se proporcione traducción

jueves, 11 de agosto de 2011

Beneficio Fiscal en Colegiaturas (Boletín informativo del SAT)

Con este nuevo Boletin informativo  del SAT,  se les  recuerda a los contribuyentes  la deducibilidad de colegiaturas.  Mi recomendación a las Instituciones Educativas que aún no se han  regularizado,  lo hagan lo antes  posible porque se les pueden denunciar a aquellas que no cumplan con sus obligaciones fiscales. Si les interesa el tema pueden complementarlo con mi capsula fiscal del dia  18 de Marzo del 2011 en este mismo blog.  Poniéndome a sus órdenes para cualquier Asesoria Fiscal y contable   c.gonzalez@siscomdemexico.com.mx

miércoles, 27 de julio de 2011

Calculo del I.V.A en Gasolinas

Como contador nos interesa contabilizar solo el total de gasolina y el I.V.A  desglosado  y nunca analizamos  que los  datos estén correctos.

Es hasta ahora que estoy del otro lado o sea con las Gasolineras,  implantando una factura electrónica  cuando me puse a analizar porque nunca checaba el I.V.A. del 16%  sobre la base del importe:


En la fracción II del Artículo 2 A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, nos dice:

Los Distribuidores autorizados que realicen venta de los combustibles aplicarán una cuota en venta al público en general en Territorio Nacional  equivalente al impuesto establecido en está fracción y esta será:
  • Gasolina Magna 36 centavos por litro.
  • Gasolina Premium  43.92 centavos por litro.
  • Diesel 29.88 centavos por litro.
Como ven no es un porcentaje como el I.V.A. sino una cuota por litro que no causa IVA y en ningún caso lo harán en forma expresa y por separado, sino dentro del precio de la gasolina o diesel.

Ejemplo:

Compra de $ 95.00 de Gasolina Magna a $ 9.32 por litro,  son 10.1931 litros.

Datos: $ 9.32 - .36 Centavos x litro   =   8.96 / 1.16  = $ 7.724137 Gasolina sin impuestos x litro.
  • $ 7.724137  x  10.1931  litros       =  $  78.73 Gasolina sin impuestos 
  • $ 0.36 x 10.1931   litros                =  $    3.67  IEPS 
  • Subtotal de Gasolina                      =  $  82.40
  • $ 78.73 x 16% IVA                      =   $  12.60   I.V.A.                                                  
  • Total de la factura electrónica.....   =   $ 95.00
Ahora llévate todo esto para configurar Aspel-Caja  o Aspel SAE claro que se puede, (eso no se los puedo decir porque por eso si cobro), la verdad me costó más trabajo analizar la ley del IEPS porque hay tasas y hay cuotas, ademas de  hacer varias pruebas en Excel para entender el procedimiento,  que configurar los Sistemas Aspel para realizar la factura electrónica conforme a Ley.

Espero tus comentarios.




Solo hay un Reporte que los Aspel no te puede dar "El que no le pidas"

Frase  de uno de mis jefes cuando iniciaba mis primeros pasos en el mundo laboral  y aún siendo estudiante  en la implementación de sistemas administrativos e informáticos, por cierto contador  del I.P.N. del cual soy orgullosamente egresada. "Solo hay un reporte que un sistema informático no pueda obtener"   y  todos preguntamos  ¿ Y cuál es ese reporte?  Él orgullosamente nos dijo: "El que tú no le pidas" y esa frase siempre la he usando con mis clientes Aspel, si ustedes necesitan algún reporte especial que el sistema no se los este generando solo tienen que pedirlo  y  se los hacemos, con esto imagínense todo lo que los sistemas Aspel pueden hacer, para facilitarnos el trabajo, ya no tanta captura, ya no tanto desvelo, ya no tanta revisión.

Es una gran ventaja el tener un Aspel dentro de su administración, les cuento un caso,  recientemente  diseñamos  un Reporte Especial  para la Gerencia de Ventas,  que el SAE 4.5  no lo incluia en su Administrador de Reportes, tenían  a personal exclusivamente  capturando en Excel factura por factura  con todo su detalle vendedor, productos, precios, moneda, línea, etc.

Cuando nos contactaron y les diseñamos su reporte emitido con un solo clic desde su Administrador de Reportes y  exportable a Excel estuvieron encantados "Ellos pidieron el reporte que querían y lo obtuvieron" que razón tenía mi jefe.

Me gustaría mucho recibir comentarios y sugerencias sobre mis capsulas que escribo en mi blog, en la parte de abajo existe el texto de COMENTARIOS abrelo y escribe lo que piensas de mis entradas,  me servirían mucho para corregir los errores  que como ser humano puedo tener.  Saludos







domingo, 24 de julio de 2011

Comida del día 23 Jul 2011 con Asociación Nacional de Fiscalistas.Net.A.C.

Para mi fue un gusto y placer conocer a gente bella no solo en  exterior sino también en su interior, poco a poco voy integrándome a un maravilloso grupo de talentosos y grandes compañeros, agradezco a la vida por está gran oportunidad, sobre todo el haber conocido al C.P. Miguel Chamlaty Presidente de la Asociación Nacional  de Fiscalistas.net, A.C.  "ANAFINET"  que viaja por varias partes de nuestro país compartiendo sus experiencias y conocimientos e integrando a este gran gremio de la contaduría.

Comparto con ustedes este bello collage de fotos del evento en la ciudad de México, espero les guste.

viernes, 22 de julio de 2011

Problemas en el envío del Dictamen Fiscal

Dictamen Fiscal por Internet  (Sipred 2010)

Me llego información importante del Dictamen espero les sirva.
Si al enviar su dictamen recibe el siguiente mensaje:
El archivo no fue generado con la última versión de la plantilla de su dictamen,  por favor descargue una nueva plantilla  desde la opción nuevo y vuelva a enviarlo.
Se debe verificar que el dictamen este generado con la última versión de la plantilla y compruebe que las firmas se hayan realizado con la versión 3.0.0.0 del Sipred, de lo contrario, firme nuevamente su dictamen para enviarlo.
Si usted dictamina sus estados financieros para efectos fiscales o es Contador Público Registrado, le recordamos que el dictamen fiscal, correspondiente al ejercicio fiscal 2010, se presenta a más tardar el 15 de agosto del 2011, según el calendario que se señala a continuación, considerando el primer carácter alfabético del RFC, o bien, lo podrán hacer antes del periodo que les corresponda.


LETRAS DEL RFCFECHA DE ENVIO
De la A a la Fdel 01 al 04 de agosto de 2011
De la G a la Odel 05 al 09 de agosto de 2011
De la P a la Z y &del 10 al 15 de agosto de 2011
Tratándose de sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal, deberán enviar el dictamen fiscal a más tardar el 31 de agosto de 2011.
Pasos a seguir para enviar por Internet el dictamen fiscal:
1. Obtenga su Firma Electrónica Avanzada (Fiel).
2. Descargue el ejecutable que contiene el programa de captura del dictamen fiscal (Sipred), instálelo y capture su información.
Para descargar la versión Office 2003 del SIPIAD 2010 dar clic aquí

viernes, 15 de julio de 2011

Aspel-COI 6.0 Sistema de Contabilidad Integral


$ 4,760.00  + Configuración + I.V.A.
Procesa, integra y mantiene actualizada la información contable y fiscal de la empresa en forma segura y confiable. Proporciona diversos reportes, documentos de trabajo y gráficas que permiten soportar y evaluar el estado financiero de la organización, así como generar oportunamente las diferentes declaraciones fiscales e informativas como las correspondientes a IETU, IVA, ISR y DIOT. Calcula la depreciación de los activos fijos. Genera con un simple clic las pólizas de Interface con  toda la línea Aspel e interactúa con hojas de cálculo desde donde puedes capturar pólizas, centros de costos y proyectos.

Anexa tus xml y documentos escaneados a la póliza dentro de su almacén virtual, al modificar una cuenta en un periodo el cambio se verá reflejado en todo el ejercicio, reportes de Auxiliares por varios años, traspaso de saldos necesario solo entre ejercicios anuales, mejora el  catálogo de pólizas para dar de alta el número de tipos de póliza que se necesite, si manejas presupuestos es excelente porque tiene varias opciones de captura de acuerdo a tus necesidades, el período de ajuste anual se puede crear automático, en todos los reportes se incluye en el pie de la página nombre de la empresa y la fecha de emisión. 

Para un despacho contable o corporativos es excelente ya que puedes llevar hasta 99 empresas,   a sus órdenes para venta, configuración, soporte técnico y capacitación  a nivel nacional presencial ó vía remota, contáctanos al correo com.pure.t@hotmail.com o al teléfono 01800 8496785 del interior de la República  o al  15173175 en área metropolitana.

Pueden bajar el Sistema Aspel-COI 6.0 para conocerlo y usarlo en un período de prueba de 30 dias en la siguiente liga http://www.aspel.com.mx/mx/CDescarga/coi.html 

miércoles, 6 de julio de 2011

Envío masivo de email del SAT a los afortunados con CFD.


Si eres  de los afortunados que facturan electrónicamente con la base del 2010  (CFD),  para recordarles que tienen una obligación que no deben de dejar pasar, presentar sus reportes mensuales al SAT.

El SAT está enviando a todos los contribuyentes a los que se les aprobo CFD el  siguiente correo:

Se le informa que al optar por el esquema de Comprobante Fiscal Digital está obligado a enviar un informe mensual de los comprobantes fiscales digitales (CFD) emitidos, siguiendo para ello las reglas y la secuencia especificada en el Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal.

A partir de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010, publicada el 24 de mayo de 2011, los contribuyentes que incumplan con el envío del informe mensual de CFD durante dos meses consecutivos, o bien, en tres meses no consecutivos, en el mismo ejercicio fiscal, perderán el derecho de aplicar la facilidad de emitir CFD, en lugar de comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), luego del último incumplimiento.

jueves, 30 de junio de 2011

FACTURA ELECTRÓNICA Y APLICACIONES DEL SAT.


No hay duda los Contadores, Abogados Fiscalistas, Informáticos y todo el gremio que trabaje las áreas Administrativas y Fiscales,   necesitamos actualizarnos no solo en cuestiones fiscales sino también informáticas y con toda la Tecnología de la Información  (TI)  claro si queremos ser competitivos y atender adecuadamente a nuestros clientes.

Con la Factura Electrónica el SAT está a la vanguardia  y nosotros como profesionales contables no debemos de quedarnos atrás, es necesario manejar adecuadamente las aplicaciones que ya estamos usando para el desarrollo de la factura electrónica, en sus dos modalidades  CFD (antes del 31 de Diciembre 2010)  y  CFDI a partir del 2011.

Para poder abrir las  nuevas aplicaciones que está usando el SAT para  la  Firma y  la Factura Electrónica es necesario tener instalado en  nuestra Computadora la versión del software  JAVA más  reciente,  en caso de que tengamos una  versión  anterior  a  1.5.0.05  es recomendable que eliminemos está  y  actualicemos a la última versión, que ofrece el  fabricante  de esté  software que incluso es gratuito y en la misma página del SAT dan el enlace.   http://java.com/es/download/index.isp

Puedes bajarlo y  guardarlo en tú computadora dentro de Archivo de Programas en un folder que le puedes llamar  "Reinstalables", una vez  ahí lo abres y lo ejecutas para instalarlo correctamente, en caso de que se te llegara a dañar el archivo  puedes volver a ejecutar.

Y cuáles son esas aplicaciones que ahora vamos a estar usando constantemente los contadores y que debemos dominar al 100% desde como saber entrar a ellas,  claro para eso necesitamos  archivos  confidenciales de nuestro cliente que guardamos bajo llave y con mucha ética profesional cómo la CIEC, Firma Electrónica, contraseñas,  archivo .key y más archivos que vamos a generar como el Certificado de Sellos Digitales.

 Es importante que el empresario tenga un respaldo de estos archivos en otro lugar para evitar extravíos,  además de que debe  contar con un profesional contable de absoluta confianza porque le está dando el poder de su Firma Electrónica y consulte con un abogado fiscalista (Actualizado) lo que esto significa, es como si le firmara una hoja en blanco, motivo por el cual recomiendo mucho al empresario que vigile el manejo de estos documentos digitales incluso para verificar que no se esté haciendo mal uso de ellos y si puede entrar a consultar al SAT a través de SICOFI estarían más seguros del buen uso de estos documentos digitales,  no se vayan a llevar una sorpresa.

Aplicaciones que se necesitan para generar la Fiel y la  Factura Electrónica

SOLCEDI:    -  Requerimiento de Fiel
                     -  Revocación de Fiel
                     -  Requerimientos de Certificado de Sellos Digitales (Solo CFD)
                     -  Ensobretado de Certificado de Sellos Digitales (Solo CFD)

CERTISAT:  -  Revocación del Certificado
                     -  Renovación del Certificado
                     -  Seguimiento a Certificado
                     -  Recuperación de Certificado
                     -  Envío de Solicitudes del Certificado de sellos digitales.

SICOFI:    -   Solicitud de Folios  (Solo  CFD)
                  -   Firmado de Reportes  (Solo CFD)   1) Mensuales
                                                                              2) No emisión de CFD
                  -   Envío de los Archivos anteriores incluyendo Reporte Mens Comp.
                  -   Consulta de todo lo enviado anteriormente.

Es importante que si alguna aplicación no te abre o marca algún error realices la siguiente revisión.
  • Verificar que estes usando la última versión en cada aplicación.
  • Hacer mantenimiento del Equipo con respecto a  archivos temporales, etc.
  • Usar las últimas versiones de Java.

viernes, 24 de junio de 2011

SEMINARIO DE COMPROBANTES FISCALES 2011 Y SU EMISIÓN CON LOS SISTEMAS ASPEL

Resuelve todas tus dudas sobre factura electrónica, PAC,  infracciones  y sanciones, recomendaciones, etc.  Asistiendo al Desayuno- Seminario  del día 22 de Julio del 2011,  de las 8:30 a las  12:30 en el  Hotel  Nikko,  impartido por:

MTI Ricardo Aguilar Espinosa
Coordinador  de Proyectos Especiales de Aspel de México.

C.P. Enrique Granados Barrera
Gerente de Impuestos de Mazars

             

  Inversión   $ 599.00 más I.V.A.
Reservaciones e informes  con C.P. Cecilia González
                     Email: siscomdemexico@gmail.com
                                5689 5785   
                       Cel. 04455 3201 4830   

                         Se anexa  Invitación

martes, 21 de junio de 2011

PUNTOS FINOS PARA SEGUIR CON CFD



Si fuiste de los privilegiados que aceptaste nuestras sugerencias para emitir tus  propios Comprobantes Fiscales a través de medios propios con Sistemas Aspel validado  por la Asociación Mexicana de Estándares para el Comercio Electrónico, AMECE-GS1 http://www.gs1mexico.org/directorio/, quién la destaca en su lista de  proveedores como empresa 100% Mexicana y  líder de software administrativo y factura electrónica desde hace varios años,  e  implementaste tú Factura electrónica antes del 1o. de Enero del 2011,  independientemente de los ingresos que hayas obtenido en 2010 o que estés obteniendo en 2011,  no pierdas este beneficio económico, administrativo y de seguridad porque el SAT  solo espera que cometas un error para cambiarte  al esquema de CFDI donde quiere que estemos todos los que facturamos electrónicamente.

Con el fin de que verifiques que estas cumpliendo con todos los fundamentos fiscales te los vuelvo a recordar.

                     PRIMERA  RMRMF  (D.O. 14-09-10)

Obligaciones de los contribuyentes que hayan optado por expedir CFD.
II.2.23.4.1. 
 
                Para los efectos de la regla I.2.23.4.1., los contribuyentes que ejerzan la opción a que se refiere la regla en cuestión deberán cumplir adicionalmente a lo señalado en el artículo 29 del CFF, con lo siguiente:
I.          Llevar su contabilidad mediante sistema de registro electrónico.
II.         Expedir los CFD´s exclusivamente por medios propios.
III.        Asignar un número de folio, y en su caso serie, correspondiente a cada CFD que expidan conforme a lo siguiente:
a)        Establecer un sistema electrónico de emisión de folios que cumpla con lo dispuesto por la regla II.2.23.4.4.
b)        Solicitar previamente la asignación de folios, y en su caso series, al SAT de conformidad con lo dispuesto por la ficha 109/CFF “Solicitud de folios para la emisión de CFD” contenida en el Anexo 1-A.
IV.       Proporcionar mensualmente al SAT, a través de medios electrónicos, la información correspondiente a los CFD´s que se hayan expedido con los folios y en su caso series asignados, utilizados en el mes inmediato anterior a aquél en que se proporcione la información, de conformidad con lo dispuesto por la regla II.2.23.4.2.
V.        Proporcionar a sus clientes, cuando así lo soliciten, la representación impresa de los CFD´s que expida.

Y para remarcar  el  IV párrafo de la Regla II.2.23.4.1  en el Diario Oficial del 24 de Mayo del presente, se publicó un parrafo importantísimo que posiblemente muchos contadores ni siguiera se han enterado, te lo detallo a continuación:

CUARTA  RMRMF (D.O. 24-05-11)

      II.2.23.4.1
                             De igual forma, cuando los contribuyentes incumplan con el requisito establecido en la fracción IV de esta regla, durante dos meses consecutivos, o bien, en tres meses no consecutivos, en el mismo ejercicio fiscal, perderán el derecho de aplicar la citada facilidad a partir de que se presente el último incumplimiento, quedando desde dicha fecha obligados a aplicar las disposiciones generales en la materia.

Por lo tanto les recomiendo que revisen a sus clientes, familiares o amigos que elaboren CFD que cumplan con estas disposiciones  sobre todo el envío del reporte mensual al SAT  de los CFDs  expedidos en el mes anterior,  recordándoles que este envío se realiza a través del programa de SICOFI y con los datos de su fiel  incluyendo contraseñas y archivos .key
https://www.consulta.sat.gob.mx/SICOFI_WEB/moduloECFD_Plus/AppletFirma.asp, no olviden que también se cuenta el reporte de no emisión de comprobantes (en caso de que no hayan facturado nada). Los Sistemas Aspel elaboran con  un click el reporte mensual al Sat con ext.   txt para subirlo al SICOFI  y generes tus archivos  para firmarlos y luego para enviarlos  extensiones  .zip  y  .cer.





martes, 31 de mayo de 2011

ANTECEDENTES DEL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL O FACTURA ELECTRÓNICA (CFD, CFDI)

Los avances en las Tecnologías de la Información (TI)  asi como las grandes cadenas comerciales que contaban con tecnología digital, solicitaron al SAT que se les permitiera la emisión de comprobantes fiscales digitales y su conservación en medios electrónicos, a efecto de agilizar sus procesos administrativos y reducir sus costos de emisión y almacenamiento de documentos impresos en papel.
Para la autoridad, también representa un costo mayor la revisión de los  contribuyentes que emiten comprobantes fiscales en papel, por la inversión de tiempo que conlleva el estar revisando manualmente la contabilidad de los contribuyentes.
Estándares utilizados de España y Chile.
Una vez que el SAT reviso algunos esquemas en el ámbito internacional, se trató de tomar lo mejor de los sistemas ya implementados en España y Chile: por una parte se aprovecha el uso de “firmas electrónicas” para comprobar la autoría de los CFD’s y por la otra aprovecha la implementación del estándar XML como formato de guarda en la generación de los CFD’s.
Con base en esto el  SAT promovió reformas al Código Fiscal de la Federación, las cuales fueron publicadas el 5 de enero de 2004, mismas que establecen el uso optativo de la Firma Electrónica Avanzada para los trámites ante la autoridad fiscal y la posibilidad de emitir los comprobantes fiscales digitales (CFD).
Sin embargo es hasta enero del 2005 cuando las grandes cadenas comerciales en México inician en forma optativa  la emisión del Comprobante Fiscal Digital (CFD) bajo dos esquemas: Por sus propios medio    y  Proveedores autorizados de CFD.
¿Qué es un Comprobante Fiscal Digital “CFD”?
Es un documento electrónico con estándares definidos por el SAT, así como estándares de seguridad internacionalmente reconocidos, que garantizan que el comprobante es auténtico, integro, único y es el antecedente de un CFDI  que es un Comprobante Fiscal Digital por Internet a través de un PAC o Proveedor Autorizado por el SAT  y que será aceptado igual que el  comprobante fiscal impreso.

 
La factura electrónica es un tipo de factura que se diferencia de la factura en papel por la forma de gestión informática, el envío y almacenaje.

Una factura electrónica se construye en 2 fases:

Se crea la factura tal y como se ha hecho siempre y se almacena en una carpeta de datos, posteriormente se procede a su firma con un certificado digital que cifra el contenido de la factura y añade el sello digital a la misma.

Al terminar obtenemos una factura que nos garantiza que la persona física o moral que firmó la factura es quien dice ser (autenticidad) y que el contenido de la factura no ha sido alterado (integridad).

Paises que cuentan con Comprobantes Fiscales Digitales

Argentina 2000, España 2001, Países de la Unión Europea 2003, México 2004 (Obligatoria hasta 2011), Chile 2003, Colombia 2007, Costa Rica 2007, Panamá 2007.

domingo, 29 de mayo de 2011

1er. reunión Anual de #cptwitter.

Todo listo para la gran llegada y el rompimiento del hielo que se forma detrás de un equipo de Computo o de un móvil que se vuelve rutina,  claro los primeros en llegar fueron los anfitriones y sobre todo el gran Guerrero Luchador e Invencible de las tierras Chiapanecas que con su ejemplo y talento va  sumando una gran cantidad de miembros al club no solo de amigos sino de compañeros, colegas y uno que otro colado pero que se recibe de corazón para que se sienta en familia.

Gracias a todos y cada uno de los asistentes por brindarme y abrirme las puertas a esa gran gama de opciones y posibilidades para decirme que no estoy  sola que en cualquier momento puedo contar con ellos,  gracias a #cptwitter  por compartir y ayudar  a todos los conocedores de la rama contable sin preguntar si es estudiante, pasante o titulado,  con o sin experiencia,  con o sin trabajo,  solo con el simple hecho de querer aprender y  conocer la hermosa rama de la Contaduría.

Bueno solo recordar la fecha 28 de Mayo del 2011 a las 17:00 en  un lugar llamado la Mancha allá por la zona de Polanco, (Espero luego cobrarles la publicidad al Restaurante), se que este evento sera el primero de grandes reuniones a futuro en  horabuena y   ya no sigo más porque me saldría un libro, solo quiero  también y con mucho gusto compartir algunas fotos que tome con mi célular de esta excelente  reunión. Saludos  a  todos.













viernes, 20 de mayo de 2011

ANTEPROYECTO A LA 4ta. RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RMF 2010.




1er. Resumen del Anteproyecto pendiente publicar en D.O.

 I.2.1.19. Tarjeta de Crédito o Débito como medio de pago para las personas
físicas.-

Para que sigamos aumentando nuestras  deudas con las tarjetas de crédito,  ya podemos  pagar todas nuestras contribuciones federales y sus accesorios  con este instrumento bancario siempre y cuando sean contribuyentes Personas Físicas.

I.2.5.2. Saldos a favor de personas físicas

Hay que revisar el "Formato Electrónico de Devoluciones", disponible en mi portal de la página del SAT, ya que la mayoria de estos trámites se va a solicitar por ese medio sobre todo las devoluciones superiores a $ 150,000 y claro utilizando la Fiel correspondiente.

I.2.6.5.  Inscripción al RFC de trabajadores

Es importante mencionar que los empleadores que no hayan incrito a sus trabajadores de acuerdo a las especificaciones señaladas,  tendrán por cumplida está obligación cuando hayan cumplido con la presentación de la Declaración Informativa Múltiple y contenga la información del RFC  a diez posiciones y la CURP correspo ndiente de cada trabajador.

I.2.7.5.   Aviso de cambio de domicilio fiscal por Internet


Por fin se abrió la opción para todos de presentar el cambio de domicilio a través de la página de Internet del SAT,  claro cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ficha  65/CFF denominada “Aviso de cambio de domicilio fiscal” y la Guía correspondiente

I.3.12.3.1  Declaración informativa de ingresos obtenidos en el régimen de
pequeños contribuyentes


No trabajen de más contadores ya que únicamente presentarán la declaración informativa de los ingresos obtenidos en el ejercicio fiscal de 2010, cuando sea requerida por las autoridades fiscales.


martes, 10 de mayo de 2011

Qué es una Incubadora de negocios.


Son centros de apoyo que te ayudan a montar tú empresa. Evaluan la viabilidad técnica, financiera y de mercado de tu proyecto empresarial,  proporcionando servicios integrales de asesoría legal y administrativa, así como planes de mercadotecnia y ventas, e incluso espacio físico, equipo, logística y hasta acceso a financiamiento y capital semilla.

La incubadora de negocios  te orienta y apoyan desde que tu proyecto empresarial esta en el cascarón hasta que nace y se convierte en un producto fuerte y sano,  para algunos emprendedores exitosos ha sido su guia, para otros fue esencial el apoyo y la orientación  que han recibido y sin el  cual su negocio no hubiera crecido a las dimensiones actuales y para otros más este centro de apoyo representa la confianza perdida, ya que por medio de su orientación un proyecto que parecía no despegar jamás,  paso a ser un negocio en forma y con bases firmes al que se le augura un éxito rotundo

Cuantos y cuantos proyectos empresariales se pierden en la nada, ocasionando con esto perdidas de tiempo y dinero,  cuando pueden generar empleos y beneficios tanto al emprendedor  como a un gran sector de la población,  si tú tienes una idea de negocio no dudes en contactarnos para  sugerirte las mejores opciones.

lunes, 28 de marzo de 2011

COMPLEMENTOS Y ADDENDAS DEL CFD Y CFDI

COMPLEMENTOS:

Dentro del cuerpo del comprobante fiscal digital  se incluyen dos elementos definidos como de tipo  abiertos, que servirán para integrar nodos Complementarios adicionales estos son de uso fiscal y serán utilizados por contribuyentes que cuenten con alguna facilidad particular de acuerdo a la RMF y sus anexos vigentes, así como de la actividad específica del contribuyente.

El contribuyente deberá sujetarse a la estructura de estos nodos complementarios,  teniendo cuidado de especificar las referencias necesarias al “NAMESPACE” del complemento que se utilice, de acuerdo a los estándares definidos y pubicados por el SAT.

El 19 de Diciembre del 2008, el  SAT libero el  complemento para el sector Detallista,  el cual consiste en un nuevo nodo que está enfocado a las cadenas comerciales como Liverpool, con esto la información queda protegida, ya  que cierta información de este nodo será  incluida en la cadena original y el sello digital.

Hasta el momento el SAT ha publicado el complemento para varios sectores entre los que se encuentran:

-  Sector de ventas al detalle
-  Impuestos Locales
-  Compra-Venta de "Divisas"
-  Donativos "Donatarias"

“NAMESPACE”.- Es un enlace que se realiza a un archivo de tipo XSD, el cual permite validar y/o comparar la estructura de un documento XML para que este se encuentre correcto, es obligatorio para los complementos y su fundamento legal está en el Anexo 20 de la RMF.

LA ADDENDA:

Es un nodo o  elemento del comprobante fiscal digital (Factura electrónica) para que pueda agregar a los comprobantes datos que no son relevantes en términos fiscales, pero que comercialmente si lo son, pues son necesarios para la operación entre empresas,  ejemplos: Clave del proveedor, No. de orden de compra, Código de barras, lugar de entrega etc. y no están regidos por el SAT.

En el caso de CFDI primero se genera el comprobante y posterior a la certificación del PAC se agrega como información adicional  la addenda,  en formato particular del contribuyente siguiendo ciertos lineamientos.




miércoles, 23 de marzo de 2011

INFORMACION PARA DICTAMINADORES EN DECLARACIÓN ANUAL DE PERSONAS MORALES.



Es importante que los contribuyentes que se encuentren en los supuestos del artículo 32 A del C.F.F. primer párrafo y  fracciones II,III, IV y  segundo párrafo o sea las Donatarias, Contribuyentes que se fusionen o escindan,  Entidades Federativas, asi como las Sociedades Controladoras y Controladas que consoliden su resultado fiscal, deberán de dictaminar sus Estados Financieros para efectos  fiscales, ya que no podrán acceder a los beneficios del DECRETO por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria

Por lo anterior, si usted se ubica en alguno de los supuestos antes señalados deberá elegir la opción NO en el campo INDIQUE SI OPTA POR PRESENTAR LA INFORMACIÓN ALTERNATIVA AL DICTAMEN DE CONFORMIDAD CON EL DECRETO DEL 30 DE JUNIO DE 2010 del formulario 18, 19, 20 o 21 según le corresponda dentro de la Declaración Anual de Personas Morales.

martes, 22 de marzo de 2011

MULTAS DE 12,070 A 69,000 POR NO EXPEDIR CFDI ESTANDO OBLIGADOS

Cuantas facturas impresas  antes del 31 de diciembre del 2010 les quedan o estan vigentes, independientemente de los ingresos obtenidos en 2009 o 2010, fundamento fiscal Artículo DECIMO fracción II, Disposiciones Transitorias del C.F.F. publicado el 7 de Diciembre del 2009, a partir de que se les agoten o su vigencia se haya vencido tendrán la obligación de expedir su factura electrónica, si sus ingresos son por más de 4 millones se van directos con el PAC de su preferencia para emitir CFDI, si son menores tendrán la opción de un CBB  que otorga el SAT,   en caso de no hacerlo y ser descubiertos  por el SAT,  seran acreedores a multas.

FUNDAMENTOS FISCALES.

   
          Artículo  DÉCIMO, Transitorio del C.F.F.

II.    Los contribuyentes que a la fecha de entrada en vigor de la reforma del artículo 29  del Código Fiscal de la Federación, tengan comprobantes impresos en establecimientos autorizados por el Servicio de Administración Tributaria, podrán continuar utilizándolos hasta que se agote su vigencia, por lo que éstos podrán ser utilizados por el adquirente de los bienes o servicios que amparen, en la deducción o acreditamiento, a que tengan derecho conforme a las disposiciones fiscales. Transcurrido dicho plazo, sin que sean utilizados, los mismos deberán cancelarse de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento del propio Código.



    Artículo 83 del C.F.F. marca las infracciones relacionadas por no  llevar la contabilidad  en su fracción:

    VII.  No  expedir o no entregar comprobante con todos los requisitos fiscales.


Artículo 84.- A quien cometa las infracciones relacionadas con la obligación de llevar contabilidad a que se refiere el Artículo 83, se impondrán las siguientes sanciones:

IV.   De $12,070.00 a $69,000.00, a la señalada en la fracción VII. En el caso de reincidencia, las autoridades fiscales podrán, además, clausurar preventivamente el establecimiento del contribuyente por un plazo de 3 a 15 días.


viernes, 18 de marzo de 2011

DEDUCCIÓN DE COLEGIATURAS EN DECLARACIÓN ANUAL 2011.


Decreto publicado 15-Feb-2011  D.O.

El estímulo fiscal se aplicará  en  la declaración anual del 2011 que se presenta hasta Abril del 2012,  pero ya desde el 1o. de Enero de este año debes  solicitar los recibos y/o  Comprobantes Fiscales Digitales (CBB, CFD, CFDI) con todos los requisitos fiscales de las colegiaturas pagadas,  solo hasta el nivel  media  superior (Preescolar, Primaria, Secundaria y Bachillerato) de acuerdo a la Ley General de Educación.


Requisitos para que sea deducible:

1.- Pagados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o sus descendientes en línea recta.

2.- El que reciba el beneficio (Alumno) no  perciba durante el año de calendario ingreso mínimos o superiores a  21,535.20  ( 59.82  Salario Mínimo  Zona "A"  por  360 días)

3.- Los pagos se realicen a instituciones educativas privadas que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial.

4- Que los pagos sean para cubrir únicamente los servicios correspondientes a colegiaturas  (No uniformes, no útiles, no inscripción)

5.- Si el alumno tiene beca  no le aplica el estímulo.

6.- El pago será mediante cheque nominativo del contribuyente, traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa o mediante tarjeta de  crédito o  de débito

7.- Límites anuales de deducción según el nivel educativo, conforme a la siguiente tabla:

Nivel educativo
Límite anual de deducción
Preescolar
$14,200.00
Primaria
$12,900.00
Secundaria
$19,900.00
Profesional técnico
$17,100.00
Bachillerato o su equivalente
$24,500.00