Con este nuevo Boletin informativo del SAT, se les recuerda a los contribuyentes la deducibilidad de colegiaturas. Mi recomendación a las Instituciones Educativas que aún no se han regularizado, lo hagan lo antes posible porque se les pueden denunciar a aquellas que no cumplan con sus obligaciones fiscales. Si les interesa el tema pueden complementarlo con mi capsula fiscal del dia 18 de Marzo del 2011 en este mismo blog. Poniéndome a sus órdenes para cualquier Asesoria Fiscal y contable c.gonzalez@siscomdemexico.com.mx
jueves, 11 de agosto de 2011
miércoles, 27 de julio de 2011
Calculo del I.V.A en Gasolinas
Como contador nos interesa contabilizar solo el total de gasolina y el I.V.A desglosado y nunca analizamos que los datos estén correctos.
Es hasta ahora que estoy del otro lado o sea con las Gasolineras, implantando una factura electrónica cuando me puse a analizar porque nunca checaba el I.V.A. del 16% sobre la base del importe:
En la fracción II del Artículo 2 A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, nos dice:
Los Distribuidores autorizados que realicen venta de los combustibles aplicarán una cuota en venta al público en general en Territorio Nacional equivalente al impuesto establecido en está fracción y esta será:
- Gasolina Magna 36 centavos por litro.
- Gasolina Premium 43.92 centavos por litro.
- Diesel 29.88 centavos por litro.
Como ven no es un porcentaje como el I.V.A. sino una cuota por litro que no causa IVA y en ningún caso lo harán en forma expresa y por separado, sino dentro del precio de la gasolina o diesel.
Compra de $ 95.00 de Gasolina Magna a $ 9.32 por litro, son 10.1931 litros.
Datos: $ 9.32 - .36 Centavos x litro = 8.96 / 1.16 = $ 7.724137 Gasolina sin impuestos x litro.
- $ 7.724137 x 10.1931 litros = $ 78.73 Gasolina sin impuestos
- $ 0.36 x 10.1931 litros = $ 3.67 IEPS
- Subtotal de Gasolina = $ 82.40
- $ 78.73 x 16% IVA = $ 12.60 I.V.A.
- Total de la factura electrónica..... = $ 95.00
Ahora llévate todo esto para configurar Aspel-Caja o Aspel SAE claro que se puede, (eso no se los puedo decir porque por eso si cobro), la verdad me costó más trabajo analizar la ley del IEPS porque hay tasas y hay cuotas, ademas de hacer varias pruebas en Excel para entender el procedimiento, que configurar los Sistemas Aspel para realizar la factura electrónica conforme a Ley.
Espero tus comentarios.
Solo hay un Reporte que los Aspel no te puede dar "El que no le pidas"
Frase de uno de mis jefes cuando iniciaba mis primeros pasos en el mundo laboral y aún siendo estudiante en la implementación de sistemas administrativos e informáticos, por cierto contador del I.P.N. del cual soy orgullosamente egresada. "Solo hay un reporte que un sistema informático no pueda obtener" y todos preguntamos ¿ Y cuál es ese reporte? Él orgullosamente nos dijo: "El que tú no le pidas" y esa frase siempre la he usando con mis clientes Aspel, si ustedes necesitan algún reporte especial que el sistema no se los este generando solo tienen que pedirlo y se los hacemos, con esto imagínense todo lo que los sistemas Aspel pueden hacer, para facilitarnos el trabajo, ya no tanta captura, ya no tanto desvelo, ya no tanta revisión.
Es una gran ventaja el tener un Aspel dentro de su administración, les cuento un caso, recientemente diseñamos un Reporte Especial para la Gerencia de Ventas, que el SAE 4.5 no lo incluia en su Administrador de Reportes, tenían a personal exclusivamente capturando en Excel factura por factura con todo su detalle vendedor, productos, precios, moneda, línea, etc.
Cuando nos contactaron y les diseñamos su reporte emitido con un solo clic desde su Administrador de Reportes y exportable a Excel estuvieron encantados "Ellos pidieron el reporte que querían y lo obtuvieron" que razón tenía mi jefe.
Me gustaría mucho recibir comentarios y sugerencias sobre mis capsulas que escribo en mi blog, en la parte de abajo existe el texto de COMENTARIOS abrelo y escribe lo que piensas de mis entradas, me servirían mucho para corregir los errores que como ser humano puedo tener. Saludos
Me gustaría mucho recibir comentarios y sugerencias sobre mis capsulas que escribo en mi blog, en la parte de abajo existe el texto de COMENTARIOS abrelo y escribe lo que piensas de mis entradas, me servirían mucho para corregir los errores que como ser humano puedo tener. Saludos
domingo, 24 de julio de 2011
Comida del día 23 Jul 2011 con Asociación Nacional de Fiscalistas.Net.A.C.
Para mi fue un gusto y placer conocer a gente bella no solo en exterior sino también en su interior, poco a poco voy integrándome a un maravilloso grupo de talentosos y grandes compañeros, agradezco a la vida por está gran oportunidad, sobre todo el haber conocido al C.P. Miguel Chamlaty Presidente de la Asociación Nacional de Fiscalistas.net, A.C. "ANAFINET" que viaja por varias partes de nuestro país compartiendo sus experiencias y conocimientos e integrando a este gran gremio de la contaduría.
Comparto con ustedes este bello collage de fotos del evento en la ciudad de México, espero les guste.
viernes, 22 de julio de 2011
Problemas en el envío del Dictamen Fiscal
Dictamen Fiscal por Internet (Sipred 2010)
Me llego información importante del Dictamen espero les sirva.
Si al enviar su dictamen recibe el siguiente mensaje:
El archivo no fue generado con la última versión de la plantilla de su dictamen, por favor descargue una nueva plantilla desde la opción nuevo y vuelva a enviarlo.
Se debe verificar que el dictamen este generado con la última versión de la plantilla y compruebe que las firmas se hayan realizado con la versión 3.0.0.0 del Sipred, de lo contrario, firme nuevamente su dictamen para enviarlo.
Si usted dictamina sus estados financieros para efectos fiscales o es Contador Público Registrado, le recordamos que el dictamen fiscal, correspondiente al ejercicio fiscal 2010, se presenta a más tardar el 15 de agosto del 2011, según el calendario que se señala a continuación, considerando el primer carácter alfabético del RFC, o bien, lo podrán hacer antes del periodo que les corresponda.
| LETRAS DEL RFC | FECHA DE ENVIO |
| De la A a la F | del 01 al 04 de agosto de 2011 |
| De la G a la O | del 05 al 09 de agosto de 2011 |
| De la P a la Z y & | del 10 al 15 de agosto de 2011 |
Tratándose de sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal, deberán enviar el dictamen fiscal a más tardar el 31 de agosto de 2011.
Pasos a seguir para enviar por Internet el dictamen fiscal:
1. Obtenga su Firma Electrónica Avanzada (Fiel).
2. Descargue el ejecutable que contiene el programa de captura del dictamen fiscal (Sipred), instálelo y capture su información.
Para descargar la versión Office 2003 del SIPIAD 2010 dar clic aquí
viernes, 15 de julio de 2011
Aspel-COI 6.0 Sistema de Contabilidad Integral
![]() |
| $ 4,760.00 + Configuración + I.V.A. |
Procesa, integra y mantiene actualizada la información contable y fiscal de la empresa en forma segura y confiable. Proporciona diversos reportes, documentos de trabajo y gráficas que permiten soportar y evaluar el estado financiero de la organización, así como generar oportunamente las diferentes declaraciones fiscales e informativas como las correspondientes a IETU, IVA, ISR y DIOT. Calcula la depreciación de los activos fijos. Genera con un simple clic las pólizas de Interface con toda la línea Aspel e interactúa con hojas de cálculo desde donde puedes capturar pólizas, centros de costos y proyectos.
Anexa tus xml y documentos escaneados a la póliza dentro de su almacén virtual, al modificar una cuenta en un periodo el cambio se verá reflejado en todo el ejercicio, reportes de Auxiliares por varios años, traspaso de saldos necesario solo entre ejercicios anuales, mejora el catálogo de pólizas para dar de alta el número de tipos de póliza que se necesite, si manejas presupuestos es excelente porque tiene varias opciones de captura de acuerdo a tus necesidades, el período de ajuste anual se puede crear automático, en todos los reportes se incluye en el pie de la página nombre de la empresa y la fecha de emisión.
Para un despacho contable o corporativos es excelente ya que puedes llevar hasta 99 empresas, a sus órdenes para venta, configuración, soporte técnico y capacitación a nivel nacional presencial ó vía remota, contáctanos al correo com.pure.t@hotmail.com o al teléfono 01800 8496785 del interior de la República o al 15173175 en área metropolitana.
Pueden bajar el Sistema Aspel-COI 6.0 para conocerlo y usarlo en un período de prueba de 30 dias en la siguiente liga http://www.aspel.com.mx/mx/CDescarga/coi.html
miércoles, 6 de julio de 2011
Envío masivo de email del SAT a los afortunados con CFD.
Si eres de los afortunados que facturan electrónicamente con la base del 2010 (CFD), para recordarles que tienen una obligación que no deben de dejar pasar, presentar sus reportes mensuales al SAT.
El SAT está enviando a todos los contribuyentes a los que se les aprobo CFD el siguiente correo:
Se le informa que al optar por el esquema de Comprobante Fiscal Digital está obligado a enviar un informe mensual de los comprobantes fiscales digitales (CFD) emitidos, siguiendo para ello las reglas y la secuencia especificada en el Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
A partir de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010, publicada el 24 de mayo de 2011, los contribuyentes que incumplan con el envío del informe mensual de CFD durante dos meses consecutivos, o bien, en tres meses no consecutivos, en el mismo ejercicio fiscal, perderán el derecho de aplicar la facilidad de emitir CFD, en lugar de comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), luego del último incumplimiento.
jueves, 30 de junio de 2011
FACTURA ELECTRÓNICA Y APLICACIONES DEL SAT.
No hay duda los Contadores, Abogados Fiscalistas, Informáticos y todo el gremio que trabaje las áreas Administrativas y Fiscales, necesitamos actualizarnos no solo en cuestiones fiscales sino también informáticas y con toda la Tecnología de la Información (TI) claro si queremos ser competitivos y atender adecuadamente a nuestros clientes.
Con la Factura Electrónica el SAT está a la vanguardia y nosotros como profesionales contables no debemos de quedarnos atrás, es necesario manejar adecuadamente las aplicaciones que ya estamos usando para el desarrollo de la factura electrónica, en sus dos modalidades CFD (antes del 31 de Diciembre 2010) y CFDI a partir del 2011.
Para poder abrir las nuevas aplicaciones que está usando el SAT para la Firma y la Factura Electrónica es necesario tener instalado en nuestra Computadora la versión del software JAVA más reciente, en caso de que tengamos una versión anterior a 1.5.0.05 es recomendable que eliminemos está y actualicemos a la última versión, que ofrece el fabricante de esté software que incluso es gratuito y en la misma página del SAT dan el enlace. http://java.com/es/download/index.isp
Para poder abrir las nuevas aplicaciones que está usando el SAT para la Firma y la Factura Electrónica es necesario tener instalado en nuestra Computadora la versión del software JAVA más reciente, en caso de que tengamos una versión anterior a 1.5.0.05 es recomendable que eliminemos está y actualicemos a la última versión, que ofrece el fabricante de esté software que incluso es gratuito y en la misma página del SAT dan el enlace. http://java.com/es/download/index.isp
Puedes bajarlo y guardarlo en tú computadora dentro de Archivo de Programas en un folder que le puedes llamar "Reinstalables", una vez ahí lo abres y lo ejecutas para instalarlo correctamente, en caso de que se te llegara a dañar el archivo puedes volver a ejecutar.
Y cuáles son esas aplicaciones que ahora vamos a estar usando constantemente los contadores y que debemos dominar al 100% desde como saber entrar a ellas, claro para eso necesitamos archivos confidenciales de nuestro cliente que guardamos bajo llave y con mucha ética profesional cómo la CIEC, Firma Electrónica, contraseñas, archivo .key y más archivos que vamos a generar como el Certificado de Sellos Digitales.
Es importante que el empresario tenga un respaldo de estos archivos en otro lugar para evitar extravíos, además de que debe contar con un profesional contable de absoluta confianza porque le está dando el poder de su Firma Electrónica y consulte con un abogado fiscalista (Actualizado) lo que esto significa, es como si le firmara una hoja en blanco, motivo por el cual recomiendo mucho al empresario que vigile el manejo de estos documentos digitales incluso para verificar que no se esté haciendo mal uso de ellos y si puede entrar a consultar al SAT a través de SICOFI estarían más seguros del buen uso de estos documentos digitales, no se vayan a llevar una sorpresa.
Es importante que el empresario tenga un respaldo de estos archivos en otro lugar para evitar extravíos, además de que debe contar con un profesional contable de absoluta confianza porque le está dando el poder de su Firma Electrónica y consulte con un abogado fiscalista (Actualizado) lo que esto significa, es como si le firmara una hoja en blanco, motivo por el cual recomiendo mucho al empresario que vigile el manejo de estos documentos digitales incluso para verificar que no se esté haciendo mal uso de ellos y si puede entrar a consultar al SAT a través de SICOFI estarían más seguros del buen uso de estos documentos digitales, no se vayan a llevar una sorpresa.
SOLCEDI: - Requerimiento de Fiel
- Revocación de Fiel
- Requerimientos de Certificado de Sellos Digitales (Solo CFD)
- Ensobretado de Certificado de Sellos Digitales (Solo CFD)
CERTISAT: - Revocación del Certificado
- Renovación del Certificado
- Seguimiento a Certificado
- Recuperación de Certificado
- Envío de Solicitudes del Certificado de sellos digitales.
SICOFI: - Solicitud de Folios (Solo CFD)
- Firmado de Reportes (Solo CFD) 1) Mensuales
2) No emisión de CFD
- Envío de los Archivos anteriores incluyendo Reporte Mens Comp.
- Consulta de todo lo enviado anteriormente.
Es importante que si alguna aplicación no te abre o marca algún error realices la siguiente revisión.
- Verificar que estes usando la última versión en cada aplicación.
- Hacer mantenimiento del Equipo con respecto a archivos temporales, etc.
- Usar las últimas versiones de Java.
viernes, 24 de junio de 2011
SEMINARIO DE COMPROBANTES FISCALES 2011 Y SU EMISIÓN CON LOS SISTEMAS ASPEL
Resuelve todas tus dudas sobre factura electrónica, PAC, infracciones y sanciones, recomendaciones, etc. Asistiendo al Desayuno- Seminario del día 22 de Julio del 2011, de las 8:30 a las 12:30 en el Hotel Nikko, impartido por:
MTI Ricardo Aguilar Espinosa
Coordinador de Proyectos Especiales de Aspel de México.
C.P. Enrique Granados Barrera
Gerente de Impuestos de Mazars
Inversión $ 599.00 más I.V.A.
Reservaciones e informes con C.P. Cecilia González
Email: siscomdemexico@gmail.com
5689 5785
Cel. 04455 3201 4830
Se anexa Invitación
MTI Ricardo Aguilar Espinosa
Coordinador de Proyectos Especiales de Aspel de México.
C.P. Enrique Granados Barrera
Gerente de Impuestos de Mazars
Inversión $ 599.00 más I.V.A.
Reservaciones e informes con C.P. Cecilia González
Email: siscomdemexico@gmail.com
5689 5785
Cel. 04455 3201 4830
Se anexa Invitación
martes, 21 de junio de 2011
PUNTOS FINOS PARA SEGUIR CON CFD
II.2.23.4.1
Si fuiste de los privilegiados que aceptaste nuestras sugerencias para emitir tus propios Comprobantes Fiscales a través de medios propios con Sistemas Aspel validado por la Asociación Mexicana de Estándares para el Comercio Electrónico, AMECE-GS1 http://www.gs1mexico.org/directorio/, quién la destaca en su lista de proveedores como empresa 100% Mexicana y líder de software administrativo y factura electrónica desde hace varios años, e implementaste tú Factura electrónica antes del 1o. de Enero del 2011, independientemente de los ingresos que hayas obtenido en 2010 o que estés obteniendo en 2011, no pierdas este beneficio económico, administrativo y de seguridad porque el SAT solo espera que cometas un error para cambiarte al esquema de CFDI donde quiere que estemos todos los que facturamos electrónicamente.
Con el fin de que verifiques que estas cumpliendo con todos los fundamentos fiscales te los vuelvo a recordar.
PRIMERA RMRMF (D.O. 14-09-10)
Obligaciones de los contribuyentes que hayan optado por expedir CFD.
II.2.23.4.1.
Para los efectos de la regla I.2.23.4.1., los contribuyentes que ejerzan la opción a que se refiere la regla en cuestión deberán cumplir adicionalmente a lo señalado en el artículo 29 del CFF, con lo siguiente:
Para los efectos de la regla I.2.23.4.1., los contribuyentes que ejerzan la opción a que se refiere la regla en cuestión deberán cumplir adicionalmente a lo señalado en el artículo 29 del CFF, con lo siguiente:
I. Llevar su contabilidad mediante sistema de registro electrónico.
II. Expedir los CFD´s exclusivamente por medios propios.
III. Asignar un número de folio, y en su caso serie, correspondiente a cada CFD que expidan conforme a lo siguiente:
a) Establecer un sistema electrónico de emisión de folios que cumpla con lo dispuesto por la regla II.2.23.4.4.
b) Solicitar previamente la asignación de folios, y en su caso series, al SAT de conformidad con lo dispuesto por la ficha 109/CFF “Solicitud de folios para la emisión de CFD” contenida en el Anexo 1-A.
IV. Proporcionar mensualmente al SAT, a través de medios electrónicos, la información correspondiente a los CFD´s que se hayan expedido con los folios y en su caso series asignados, utilizados en el mes inmediato anterior a aquél en que se proporcione la información, de conformidad con lo dispuesto por la regla II.2.23.4.2.
V. Proporcionar a sus clientes, cuando así lo soliciten, la representación impresa de los CFD´s que expida.
Y para remarcar el IV párrafo de la Regla II.2.23.4.1 en el Diario Oficial del 24 de Mayo del presente, se publicó un parrafo importantísimo que posiblemente muchos contadores ni siguiera se han enterado, te lo detallo a continuación:
CUARTA RMRMF (D.O. 24-05-11)
II.2.23.4.1
De igual forma, cuando los contribuyentes incumplan con el requisito establecido en la fracción IV de esta regla, durante dos meses consecutivos, o bien, en tres meses no consecutivos, en el mismo ejercicio fiscal, perderán el derecho de aplicar la citada facilidad a partir de que se presente el último incumplimiento, quedando desde dicha fecha obligados a aplicar las disposiciones generales en la materia.
Por lo tanto les recomiendo que revisen a sus clientes, familiares o amigos que elaboren CFD que cumplan con estas disposiciones sobre todo el envío del reporte mensual al SAT de los CFDs expedidos en el mes anterior, recordándoles que este envío se realiza a través del programa de SICOFI y con los datos de su fiel incluyendo contraseñas y archivos .key
https://www.consulta.sat.gob.mx/SICOFI_WEB/moduloECFD_Plus/AppletFirma.asp, no olviden que también se cuenta el reporte de no emisión de comprobantes (en caso de que no hayan facturado nada). Los Sistemas Aspel elaboran con un click el reporte mensual al Sat con ext. txt para subirlo al SICOFI y generes tus archivos para firmarlos y luego para enviarlos extensiones .zip y .cer.
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